Bienvenido!
Hejaco. Servicios Contables y Más.
Somos un equipo de especialistas preocupados por las operaciones y el futuro de
las Empresas, así como de todos los Emprendedores, que necesitan asesoría y alguien
en quien confiar para informar de manera oportuna los resultados de sus operaciones y
establecer medidas de control que ayuden a optimizar sus recursos, por eso nos gustaría
formar parte de tu equipo, los servicios que ofrecemos son los siguientes:

Servicios contables.
Registro de las operaciones de las Empresas en el Sistema Contable
CONTPAQi®, para que les permita analizar las cifras a través de los Estados Financieros
y con esto tener una visión más amplia para la toma de decisiones.
Impuestos.
Determinación de impuestos Federales y Estatales.
Presentación de las declaraciones a los que se encuentra obligado.
Asesoría a personas Morales y Físicas de sus obligaciones fiscales.
Régimen General de Ley Personas Morales.
Régimen Simplificado de Confianza.
Personas Morales Sin Fines de Lucro.
Personas Físicas con Actividad Empresarial y Profesional.
Personas Físicas Arrendamiento.
Personas Físicas Plataformas Digitales.
Régimen de Incorporación Fiscal.
Análisis de obligaciones fiscales determinadas por las Autoridades Competentes.
Atención de requerimiento ante las Autoridades Fiscales.
Auditorias.
Revisión de Estados Financieros y opinión de Contador Público Certificado.
Auditoria de Estados Financieros.
Auditoria de Impuestos Locales.
Auditorías de control interno.
Auditoría Fiscal
Nóminas.
Realización de nóminas semanales y quincenales, a través del programa
CONTPAQ®nominas , timbrado de nómina, calculo de impuestos generados por la
nómina, altas, bajas y modificaciones de salario ante el IMSS, atención de requerimiento
ante el IMSS, INFONAVIT y TESORERÍA.
Servicios Profesionales.
Estudio de precios de Transferencia.
En todo mercado, a nivel mundial, las empresas determinan el precio mínimo y
precio máximo que estarán dispuestas a aceptar y/o pagar por un producto o servicio
prestado o recibido, por lo que el precio de transferencia entre las unidades de negocio
(Partes relacionadas) en ningún caso las dejará en condiciones inferiores a aquellas que
se realicen con terceros en el libre mercado.
Los contribuyentes del Título II de esta Ley, que celebren operaciones con partes
relacionadas (PR’s) están obligadas, a determinar sus ingresos acumulables y
deducciones autorizadas, considerando para esas operaciones los precios o montos que
hubieran utilizado con o entre partes independientes en operaciones comparables.
En la actualidad, el marco fiscal ha impuesto la obligatoriedad de la aplicación del
Principio de Arm’s Length, a los contribuyentes que realicen actividades empresariales
cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior hayan excedido de $13,000,000, así
como los contribuyentes cuyos ingresos derivados de prestación de servicios
profesionales hayan excedido en dicho ejercicio de $3,000,000.


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